Ecuador. El Acuerdo Ministerial 098-A, puesto en vigencia el 10 de octubre de 2018, ha tomado fuerza y se ha difundido a nivel nacional este 2020, a través de las redes sociales del Ministerio de Educación de Ecuador, que recordó a las instituciones educativas que ante los altos índices de radiación solar se debe aplicar, para precautelar la salud de los alumnos contra los efectos nocivos que puede causar la exposición prolongada a los rayos solares.
El Acuerdo Ministerial señala que los directivos también tendrán la flexibilidad para modificar las actividades físicas o deportivas de los estudiantes ante los niveles de radiación. Por ejemplo, en el caso de que alguna tarea se realice en un lugar abierto, los estudiantes no deberán permanecer más de 10 minutos expuestos al sol.
Tome en Cuenta
Cuando el índice UV se encuentre en los niveles alto o extremadamente alto (8 en adelante), docentes y directivos deberán evitar las actividades pedagógicas, deportivas y de otro tipo con los estudiantes al aire libre. Estas deberán desarrollarse en espacios cubiertos o provistos de sombra natural.
La normativa también detalla que cuando la radiación se encuentre en los niveles muy alto o extremadamente alto, a los estudiantes de los planteles educativos se les permitirá el ingreso con prendas, accesorios y elementos de protección solar.
Se deben tomar en cuenta los tiempos máximos que una persona puede estar expuesta al sol, de acuerdo al índice de radiación UV.
Estas disposiciones son de obligatorio cumplimiento para las instituciones fiscales, municipales, fiscomisionales y particulares del país, según según el Acuerdo Ministerial 098-A.👇 descargue el acuerdo👇
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